Tiene por objeto la proteccion del crédito, recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo a través de:
Se puede iniciar si su empresa dejó de atender sus obligaciones o es inminente que dejara de pagarle a sus acreedores.
Acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias mediante su reestructuración operacional, administrativa de activos o pasivos.
1.1 Estados Financieros Básicos últimos tres años y con corte al día de la solicitud.
1.2 Inventario de Activos y Pasivos.
1.3 Memoria explicativa de las causas de la Insolvencia.
1.4 Flujo de Caja para Pagar.
1.5 Plan de Negocios de Reorganización.
1.6 Proyecto de calificación y graduación de créditos.
La Superintendencia de Sociedades puede admitir o rechazar su solicitud, también puede pedirle que complete la documentación necesaria.
La reorganización comienza el día en que se emite el auto de iniciación.
Este documento contiene órdenes para el deudor como la publicación de avisos o la entrega de información a los acreedores.
Se nombra un PROMOTOR quien será el encargado de asistir a las negociaciones, los bienes del deudor serán adjudicados a los acreedores en el orden de prelación legal.
Es donde se relaciona a quién debe y cuánto dinero debe la empresa, también se define cuántos votos tiene el acreedor sobre el acuerdo de reorganización.
El Acreedor debe buscar al promotor para que incluya su crédito en el proyecto de graduación y calificación de créditos.
Si en ese documento no se incluyó la deuda, tiene 5 días para presentar objeciones en la Superintendencia de Sociedades.
Todas las deudas deben estar respaldadas en documentos.
Una vez se aprueba la graduación y calificación de créditos, hay un plazo de 4 meses para la aprobación del acuerdo de reorganización.
Para ser aprobado se necesitan los votos favorables de al menos 3 categorías de deudores y una mayoría absoluta.
El acuerdo debe respetar la prelación legal de los deudores según categoría (empleados, entidades públicas, entidades financieras, acreedores internos, acreedores externos) y será confirmado en una audiencia.
Puede iniciar si su empresa incumplió los acuerdos de reorganización o cumple alguna de las causales de liquidación judicial inmediata previstas en la Ley 1116 de 2016.
Persigue la liquidación pronta y ordenada, buscando el aprovechamiento del patrimonio del deudor.
1.1 Se disuelve la persona jurídica y ahora debe mencionarse siempre como «en Liquidación Judicial».
1.2 Todos los administradores son separados de sus cargos.
1.3 Se indemniza y despide a los trabajadores.
1.4 La empresa no puede seguir haciendo negocios distintos a liquidarse.
1.5 Se finalizan los encargos fiduciarios y la fiducia mercantil.
1.6 Los acreedores de la empresa solo pueden pagarle al liquidador.
1.7 Los administradores, asociados o controlantes no pueden disponer de los bienes de la empresa.
El liquidador deberá realizar un inventario de los bienes y un proyecto para reconocer los créditos y los derechos de voto de los acreedores afectados.
En un plazo de 2 meses contados a partir de que quede en firme la calificación y graduación de créditos y el inventario de bienes del deudor. El liquidador procederá a enajenar los activos inventariados por un valor no inferior al avalúo, en forma directa o acudiendo al sistema de subasta privada.
Si el liquidador no logra vender todos los bienes deberá adjudicarlos teniendo en cuenta la prelación legal de deudores.
Si los bienes de la empresa son insuficientes para pagar todas las obligaciones el liquidador deberá exigir a los socios el pago del valor de los instalamentos de las cuotas o acciones no pagadas y el correspondiente a la responsabilidad adicional pactada en los estatutos.
Una vez esté ejecutoriada la providencia de adjudicación. Por la celebración de un acuerdo de reestructuración.
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